Y así fue, ya no hubo más noches como aquella
donde pude sentir su corazón
latir fuerte contra mi pecho.
Ya no hubo más caricias, ni besos,
Ni siquiera un saludo.
Solo algunas cartas de amor y frases perdidas entre papeles.
Tal vez... algunos recuerdos
o muchos quizá,
porque cuando miro al cielo
solo puedo ver
esa estrella que me regaló en verano.
Todavía tengo impregnado en mi piel su perfume
y fundidos en mi cuerpo sus besos.
Noches como esta me dijo ´´ te amo ´´
le respondí con mis sueños los que se llevó con el
junto a su transparente mirada.
Sueños de verano que no me devolvió
sueños me quedan por darle además de amor.
Fui su mujer una noche igual a ésta
de él, de nadie más.
No podré entregarme a otra piel,
es que mi cuerpo no responde al calor de otro hombre,
solo en sus brazos quiero morir.
Hoy distante a mi ser no me recuerda
y me quita el sueño,
pensar que mi gran amor fue mío,
él fue mío, yo soy de él.
ESTEFANIA TORRES
martes, 16 de noviembre de 2010
el amor es como un niño
ara mi el amor es como un niño que juega a las escondidas, tu tienes que buscar y buscar en varias personas a ver en donde se escondió, muchas veces piensas que ya lo encontraste y te das cuenta de que no era el amor quien estaba escondido en esa persona, sino que era la amistad disfrazada de amor.
También el amor puede ser que el amor este escondido en la persona que escogiste como pareja, pero resulta que el amor se cansó de ese escondite y decide buscar otro, pero por la costumbre te quedas con esa persona, no por amor, sino por costumbre, por esto vemos algunas parejas que se mantienen unidas por mucho tiempo pero que realmente no están enamoradas.
Lo que si te puedo asegurar es que cuando uno encuentra el escondite del amor y le va haciendo cálida la estadía en ese escondite, con besos, cariños, cuidados y atención, el amor no querrá irse de ese escondite y ya deja de ser escondite y se convierte en su hogar.
Por eso cuando creas encontrar el amor cuídalo para que no se te vuelva a esconder.
También el amor puede ser que el amor este escondido en la persona que escogiste como pareja, pero resulta que el amor se cansó de ese escondite y decide buscar otro, pero por la costumbre te quedas con esa persona, no por amor, sino por costumbre, por esto vemos algunas parejas que se mantienen unidas por mucho tiempo pero que realmente no están enamoradas.
Lo que si te puedo asegurar es que cuando uno encuentra el escondite del amor y le va haciendo cálida la estadía en ese escondite, con besos, cariños, cuidados y atención, el amor no querrá irse de ese escondite y ya deja de ser escondite y se convierte en su hogar.
Por eso cuando creas encontrar el amor cuídalo para que no se te vuelva a esconder.
noticia economica
El alcalde de Córdoba cuestiona la "rigurosidad" del Banco de España en la aplicación del FROB en CajaSur
El alcalde de Córdoba, Andrés Ocaña (IU), ha puesto en duda la "rigurosidad" del Banco de España en el proceso de diseño y aplicación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en la entidad cordobesa CajaSur tras su intervención, añadiendo que "nos podemos llevar sorpresas" en esta cuestión.
Durante su participación en Sevilla en el Nueva Economía Fórum, Ocaña ha argumentado que, dado que es la primera vez que una entidad financiera se acoge al FROB, puede que el Banco de España "no haya sido todo lo riguroso que debiera". "Habrá que ver si la normativa estaba bien diseñada y si su aplicación ha sido la correcta", ha apuntado el primer edil, quien, seguidamente, ha añadido que "lo dejo ahí y no quiero decir nada más".
Respecto al hecho de que el Cabildo Catedral de Córdoba, entidad fundadora de CajaSur, haya acordado llevar a los tribunales, por la vía contencioso-administrativa, la cesión de los activos y pasivos de la caja cordobesa a su nuevo dueño, el BBK Bank, a la que se opone en su actual formulación, el alcalde de Córdoba ha considerado que esta actuación es "extemporánea".
En su opinión, la decisión por parte del Cabildo de que CajaSur no se fusionara con Unicaja y tuviera que ser intervenida por el Banco de España les ha dejado "con una mano delante y otra detrás". Ello ha llevado al Cabildo, a juicio de Ocaña, "a intentar recomponer todos sus derechos sobre la entidad, tras haberlo tirado todo por la borda"
El alcalde de Córdoba, Andrés Ocaña (IU), ha puesto en duda la "rigurosidad" del Banco de España en el proceso de diseño y aplicación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en la entidad cordobesa CajaSur tras su intervención, añadiendo que "nos podemos llevar sorpresas" en esta cuestión.
Durante su participación en Sevilla en el Nueva Economía Fórum, Ocaña ha argumentado que, dado que es la primera vez que una entidad financiera se acoge al FROB, puede que el Banco de España "no haya sido todo lo riguroso que debiera". "Habrá que ver si la normativa estaba bien diseñada y si su aplicación ha sido la correcta", ha apuntado el primer edil, quien, seguidamente, ha añadido que "lo dejo ahí y no quiero decir nada más".
Respecto al hecho de que el Cabildo Catedral de Córdoba, entidad fundadora de CajaSur, haya acordado llevar a los tribunales, por la vía contencioso-administrativa, la cesión de los activos y pasivos de la caja cordobesa a su nuevo dueño, el BBK Bank, a la que se opone en su actual formulación, el alcalde de Córdoba ha considerado que esta actuación es "extemporánea".
En su opinión, la decisión por parte del Cabildo de que CajaSur no se fusionara con Unicaja y tuviera que ser intervenida por el Banco de España les ha dejado "con una mano delante y otra detrás". Ello ha llevado al Cabildo, a juicio de Ocaña, "a intentar recomponer todos sus derechos sobre la entidad, tras haberlo tirado todo por la borda"
lunes, 8 de noviembre de 2010
martes, 2 de noviembre de 2010
codigo sustantivo de trabajo
La Ley 50 de 1990 hace parte del derecho laboral colombiano. En ella se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones alrededor de las relaciones laborales y la seguridad social en Colombia.
Aspectos fundamentales de la Ley
* Se da en el contexto de entrada la apertura económica y modernización productiva en Colombia.
* Su principal propósito fue liberar las rigideces de las relaciones laborales con el fin de mejorar las condiciones de las empresas colombianas en el nuevo modelo económico de globalización.
* Se crea la figura de los fondos de cesantías para administrar las cesantías de los empleados y con el fin de fomentar la demanda de papeles en el mercado de valores, dinamizando el sector financiero. Estas son vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
* Se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo tales como:
o Implementación de los contratos a término fijo, el empleo temporal y diversas modalidades de subcontratación.
o Establecimiento del salario integral para los salarios superiores a 10 salarios mínimos legales vigentes.
o Cambio en el régimen de cesantías:
+ Éstas entran a ser administradas por los Fondos de Cesantías.
+ Da terminación a la retroactividad de las cesantías para los contratos de trabajo celebrados posteriormente a la expedición de la Ley.
Fondos de Cesantías en Colombia
El Ministerio de Protección Social colombiano reconoce 6 fondos de cesantías en Colombia:
* Protección S.A.
* Porvenir
* Colfondos
* BBVA Horizonte
* Skandia
* ING Pensiones y Cesantías
Aspectos fundamentales de la Ley
* Se da en el contexto de entrada la apertura económica y modernización productiva en Colombia.
* Su principal propósito fue liberar las rigideces de las relaciones laborales con el fin de mejorar las condiciones de las empresas colombianas en el nuevo modelo económico de globalización.
* Se crea la figura de los fondos de cesantías para administrar las cesantías de los empleados y con el fin de fomentar la demanda de papeles en el mercado de valores, dinamizando el sector financiero. Estas son vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
* Se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo tales como:
o Implementación de los contratos a término fijo, el empleo temporal y diversas modalidades de subcontratación.
o Establecimiento del salario integral para los salarios superiores a 10 salarios mínimos legales vigentes.
o Cambio en el régimen de cesantías:
+ Éstas entran a ser administradas por los Fondos de Cesantías.
+ Da terminación a la retroactividad de las cesantías para los contratos de trabajo celebrados posteriormente a la expedición de la Ley.
Fondos de Cesantías en Colombia
El Ministerio de Protección Social colombiano reconoce 6 fondos de cesantías en Colombia:
* Protección S.A.
* Porvenir
* Colfondos
* BBVA Horizonte
* Skandia
* ING Pensiones y Cesantías
tramites y documntos para crear una empresa
Trámites registrales
Trámites específicos
Trámites laborales
Trámites hasta
el registro
correspondiente
Trámites relacionados
según la ubicación de
la empresa
Trámites relacionados
con la vinculación de
personal
Certificado de homonimia
Certificado del uso del suelo
Certificado del uso del suelo
Escritura pública
Paz y Salvo y/o recibo de pago
de Impuesto de Industria y
Comercio
Afiliación en la Caja de
Compensación Familiar
Inscripción ante la Cámara
de Comercio
Certificado de Condiciones
de Sanidad
Afiliación en la EPS
Registro mercantil
Certificado de Seguridad y
Prevención
Afiliación en las Administradoras
de Riesgos Profesionales,
ARP
Matrícula mercantil
Certificado de Condiciones
ambientales
Registro de los contratos
laborales
Certificado de Existencia
y Representación
Legal
Certificado de Sayco y Acimpro
Registro Único Tributario,
RUT
Otros Trámites para iniciar la actividad
* Apertura de cuenta corriente o de ahorros
* Registro de libros de comercio
* Registro único de proponentes
Tipos de sociedades comerciales
Sociedad colectiva
Tipo de socios:
Socios
Capital Social
* El capital se divide Capital se divide en partes de interés cuyo valor puede ser desigual.
* Cada socio tiene un voto, sin importar el valor de su participación.
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
Número de Socios o Accionistas
* Número de Socios o Accionistas
Responsabilidad de los Socios
* Solidaria e Ilimitada
Órganos Sociales
* Junta de socios
* Representante Legal
Cesión de Participaciones Sociales
* Requiere autorización expresa de los consocios.
* Requiere reforma estatuaria
Sociedad en comandita simple
Tipo de socios:
* Socios
Capital Social
* Dos categorías de socios:
a) colectivos o gestores:administran la sociedad
b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.
Número de Socios o Accionistas
* El capital se divide en cuotas de igual calor que confieren un voto a cada una.
* Se integra con lo aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen).
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
Responsabilidad de los Socios
* Mínimo un socio gestor y máximo 25 socios comanditarios.
Órganos Sociales
* Solidaria e Ilimitada la de los socios gestores.
Cesión de Participaciones Sociales
* Junta de socios
* Representante Legal
Sociedad en comandita por acciones
Tipo de socios
* Dos categorías de socios:
a) colectivos o gestores:administran la sociedad
b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.
Capital Social
* Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen).
* El capital se divide en acciones de igual valor.
* El aumento del capital autorizado requiere reforma estatutaria.
Número de Socios o Accionistas
* Mínimo un socio gestor y 5 comanditarios, y no hay límite máximo.
Responsabilidad de los Socios
* Hasta el monto de sus aportes, la de los socios comanditarios.
Órganos Sociales
* Asamblea de asociados
* Representante Legal
Cesión de Participaciones Sociales
* Las acciones son libremente negociables, salvo que se pacte derecho de preferencia.
* No requiere reforma estatutaria.
Sociedad anónima
Tipo de socios
*
Accionistas
Capital Social
*
El capital se divide en acciones de igual valor.
*
Las acciones en circulación corresponden al capital parado por los accionistas.
*
Se pueden emitir acciones privilegiadas, acciones de goce o industria, acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, y bonos obligatoriamente convertibles en acciones.
Número de Socios o Accionistas
*
Mínimo 5 accionistas y no hay límite máximo.
Responsabilidad de los Socios
*
Hasta el monto de sus aportes.
Órganos Sociales
*
Asamblea general de accionistas.
*
Junta de Socios
*
Representante Legal
Cesión de Participaciones Sociales
*
Las acciones son libremente negociables, salvo que se pacte derecho de preferencia.
*
No requiere reforma estatutaria.
Sociedad de responsabilidad limitada
Tipo de socios
* Socios
Capital Social
* El capital se divide en cuotas de igual valor.
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria
Número de Socios o Accionistas
* Mínimo 2 socios y máximo 25.
Responsabilidad de los Socios
* Hasta el monto de sus aportes.
Órganos Sociales
* Asamblea de asociados
* Representante Legal
Cesión de Participaciones Sociales
* Existe derecho de preferencia.
* No requiere reforma estatutaria.
Empresa unipersonal
Tipo de socios
* Uno
Capital Social
* No tiene límite
Órganos Sociales
* Representante legal (opcional)
Pago del Capital
* Debe pagarse al momento de constitución de la empresa.
Aumento de Capital
* Requiere escritura pública.
Revisor Fiscal
* No requiere
Trámites específicos
Trámites laborales
Trámites hasta
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correspondiente
Trámites relacionados
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de Impuesto de Industria y
Comercio
Afiliación en la Caja de
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Prevención
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laborales
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y Representación
Legal
Certificado de Sayco y Acimpro
Registro Único Tributario,
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* Apertura de cuenta corriente o de ahorros
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Tipos de sociedades comerciales
Sociedad colectiva
Tipo de socios:
Socios
Capital Social
* El capital se divide Capital se divide en partes de interés cuyo valor puede ser desigual.
* Cada socio tiene un voto, sin importar el valor de su participación.
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
Número de Socios o Accionistas
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Responsabilidad de los Socios
* Solidaria e Ilimitada
Órganos Sociales
* Junta de socios
* Representante Legal
Cesión de Participaciones Sociales
* Requiere autorización expresa de los consocios.
* Requiere reforma estatuaria
Sociedad en comandita simple
Tipo de socios:
* Socios
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* Dos categorías de socios:
a) colectivos o gestores:administran la sociedad
b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.
Número de Socios o Accionistas
* El capital se divide en cuotas de igual calor que confieren un voto a cada una.
* Se integra con lo aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen).
* El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
Responsabilidad de los Socios
* Mínimo un socio gestor y máximo 25 socios comanditarios.
Órganos Sociales
* Solidaria e Ilimitada la de los socios gestores.
Cesión de Participaciones Sociales
* Junta de socios
* Representante Legal
Sociedad en comandita por acciones
Tipo de socios
* Dos categorías de socios:
a) colectivos o gestores:administran la sociedad
b) comanditarios: no intervienen en la administración de la misma.
Capital Social
* Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos (si estos aportes existen).
* El capital se divide en acciones de igual valor.
* El aumento del capital autorizado requiere reforma estatutaria.
Número de Socios o Accionistas
* Mínimo un socio gestor y 5 comanditarios, y no hay límite máximo.
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* Asamblea de asociados
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Accionistas
Capital Social
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El capital se divide en acciones de igual valor.
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*
Se pueden emitir acciones privilegiadas, acciones de goce o industria, acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, y bonos obligatoriamente convertibles en acciones.
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*
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Hasta el monto de sus aportes.
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Asamblea general de accionistas.
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No requiere reforma estatutaria.
Sociedad de responsabilidad limitada
Tipo de socios
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Capital Social
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Responsabilidad de los Socios
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Órganos Sociales
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Cesión de Participaciones Sociales
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Empresa unipersonal
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Capital Social
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Revisor Fiscal
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